Protección de Datos

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El Reglamento General de Protección de Datos se aplicará a partir del 25 de Mayo de 2018, dos años después de su entrada en vigor. Es por ello que instituciones y organizaciones que traten datos deberán adaptarse a los cambios propuestos en este nuevo Reglamento en la fecha prevista.

El nuevo RGPD en su título VIII prevé una serie de cambios muy relevantes en materia sancionadora persiguiendo la protección efectiva de los datos de carácter personal, y reforzando de forma específica tanto los derechos de los interesados como las obligaciones de aquellas entidades y empresas que traten datos personales.

Debido a su importancia, cabe destacar el sustancial incremento del importe de las sanciones pecuniarias en aquellos casos en los que se incurra en una infracción tipificada en el RGPD.

Sanciones LOPD/RLOPD

LEVE
900€ – 40.000€

No se establece un rango mínimo de cuantía.

GRAVE
40.001€ – 300.000€

Multa administrativa de hasta 10.000.000€ o, en el caso de empresas, de cuantía equivalente al 2% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, lo que resulte mayor en cuantía.

MUY GRAVE
300.001€ – 600.000€

Multa administrativa de hasta 20.000.000€ o, en el caso de empresas, de cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, lo que resulte mayor en cuantía.

Reglamento de Protección de Datos
Reglamento UE 2016/679 de 27 de Abril de 2016

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