Contratos de Formación
¿Qué son los Contratos de Formación?
Los Contratos de Formación y Aprendizaje son la mejor herramienta para que tu empresa salga adelante. Si acabas de abrir tu negocio y necesitas personal es importante que conozcas los beneficios fiscales que te aportara este tipo de contrato. El contrato de formación nace con la idea de cualificar al trabajador en la profesión elegida, alternando así, la formación con la actividad laboral.
¿Qué ventajas tiene para la empresa?
Reducción de las cuotas empresariales
Hasta el 100% en la cuotas de la Seguridad Social. En empresas con mas de 250 trabajadores la reducción será del 75%.
Financiación de la formación
La formación asociada a este contrato es obligatoria para el trabajador y conlleva la obtención de una titulación oficial mediante un certificado de profesionalidad. La empresa se bonifica el coste total de esta formación.
Si finalmente el contrato se convierte en indefinido, durante los 3 siguientes años, la empresa se beneficiara de los siguientes incentivos:
- 1500€ anuales de reducción para la contratación de hombres.
- 1800€ anuales de reducción para la contratación de mujeres.
¿ Que ventajas tiene para el trabajador?
Las ventajas para el trabajador son numerosas, sobre todo para aquellos que dejaron de estudiar y no tuvieron mas oportunidades de retomar la formación.
Este tipo de contrato permite cualificar al trabajador mediante una Titulación Oficial mientras desarrolla su actividad laboral.
- El 65% de la jornada se dedica a trabajo efectivo y el 35% a formación el 1º año.
- Para el 2º año será un 85% de trabajo efectivo y un 15% de formación.
Requisitos para el trabajador
- Debe estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo (para que la empresa acceda a las bonificaciones).
- No debe tener titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar.
- No debe tener titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar.
- Edad: hasta 30 años para catálogo de especialidades. Este límite no se aplica para certificados de nivel 3 y personas discapacidad reconocida.
- No haber desempeñado ese puesto en la misma empresa por tiempo superior a 6 meses.
- No haber tenido un contrato indefinido en los últimos 3 meses en otra empresa (si no afectará a la bonificación).
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- La Empresa deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
- El contrato se celebrará por un mínimo de 3 meses y hasta 2 años. Podrá ser a jornada parcial o completa.
- El salario no debe ser inferior al mínimo interprofesional.
- El Trabajador no podrá ser mayor de 30 años. No existe periodo de prueba.
- Que no tengan cualificación para el contrato en prácticas.
- No existe límite de edad para personas con discapacidad o en situación de exclusión social.
¿Qué debemos tener en cuenta para la celebración de este contrato?
El trabajador recibirá formación del Catálogo de Especialidades sobre la ocupación que desempeña en su puesto, impartida por Grupo Premium Formación.
En Grupo Premium nos encargamos de todo el proceso administrativo, estamos acreditados por el Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE) con nº de autorización 8000000598, y somos especialistas en la tramitación de esta modalidad de contrato.
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